Personas Físicas con Actividad Empresarial Deberán Pagar el Impuesto por Carga

El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CANACO), Mauricio Holguín Herrera señaló que el cobro de permiso de carga se hacia antes sólo a las personas morales, y el cambio que hoy se ve, es para las personas físicas con actividad empresarial, situación que finalmente es un pago estipulado que se deberá hacer.
Indicó que ya sostuvieron una reunión con las personas del área de ingresos de gobierno del estado donde se les explicó que el subsidio del 50% continúa a las personas morales, tal y como se ha hecho siempre, pero el caso de las personas físicas con actividad empresarial se retira el subsidio del 100% y queda a la mitad.
Anotó que es importante resaltar que en el caso de las personas físicas, que no tienen una actividad empresarial, pero tienen una camioneta de carga, será necesario que lo manifiesten en ventanilla para que el subsidio sea del 100% para ellos y no tengan que pagar recurso alguno por ese concepto.
Anotó que como empresarios no ven mal esta medida, porque al final de cuentas es el pago de un derecho y a ellos también les toca ser parte de las contribuciones.