Con el objetivo de propiciar el mejoramiento de los servicios de seguridad privada, en beneficio de quienes hagan uso de los mismos, el Poder Legislativo de Durango aprobó la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Privada.
Lo anterior, luego de que la Comisión de Puntos Constitucionales turnó el dictamen que contiene la Minuta Proyecto de Decreto, con la reforma el artículo 73 de la Carta Magna, enviado por la Cámara de Senadores.
En este sentido, el Congreso de la Unión tendrá la facultad para expedir una ley general en materia de seguridad privada, a fin de establecer las reglas para autorizar y regular a los prestadores del servicio en mención, así como designar a las autoridades para hacerlo.
De la misma manera, se fijarán las reglas de coordinación entre los prestadores del servicio y la Federación, las entidades federativas y los Municipios para la efectiva organización y funcionamiento de la seguridad privada en el país.
Cabe señalar que, con la reforma aprobada, se busca que se homologuen criterios para los requisitos de autorización, los procedimientos de verificación y sanción, además de la información que deben contener los registros de las empresas, en caso de ser de orden estatal.
Por su parte, el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales, luego de la entrada en vigor del decreto aprobado, para expedir la ley general en materia de seguridad privada.