La Fiscalía General del Estado de Durango (FGED) obtuvo una sentencia de 37 años, 5 meses y 29 días de prisión contra Karla Daniela Rentería Romero, por el delito de desaparición forzada cometida por particulares, en agravio de una niña de identidad reservada que tenía días de nacida. El hecho ocurrió en octubre de 2025.
La Agente del Ministerio Público adscrita a la Dirección de Asuntos de Alto Impacto informó que el juez de la causa, mediante un procedimiento abreviado, le impuso además una multa de 678 mil 726 pesos.
Cómo ocurrió, según la carpeta de investigación
De acuerdo con la Fiscalía, el 23 de octubre de 2025, alrededor de las 16:00 horas, Rentería Romero ingresó al Hospital Materno Infantil, ubicado en la calle 5 de Febrero, en la Zona Centro, con ropa quirúrgica y cubrebocas. Tras conversar con una empleada de limpieza identificada como Anabel “N”, acudió al área de neonatos, sustrajo a la niña y la ocultó en una bolsa negra.
El 24 de octubre, según la dependencia, la sentenciada abandonó a la niña, dentro de la misma bolsa, en un área verde del fraccionamiento Hacienda Las Flores, donde fue localizada alrededor de las 14:00 horas.
Con las investigaciones y los elementos de prueba, la Fiscalía estableció la responsabilidad de Rentería Romero, quien fue detenida con una orden judicial y vinculada a proceso. La defensa apeló la vinculación, pero el recurso no procedió y el auto fue confirmado.
Presunta colaboración de una trabajadora
La Fiscalía indicó que las investigaciones establecieron la presunta colaboración de Anabel “N”, quien trabajaba en limpieza en el hospital y habría proporcionado información sobre la identidad y ubicación de la víctima, así como sobre las rutinas del personal médico y de enfermería. A cambio, la sentenciada le habría ofrecido 20 mil pesos.
Los documentos judiciales refieren que la sustracción tuvo como finalidad hacer creer a su pareja, residente en Nebraska, Estados Unidos, que la niña era hija de ambos.
Proceso de Anabel “N” sigue pendiente
De acuerdo con la dependencia, la defensa de Anabel “N” apeló el auto de vinculación a proceso y promovió un juicio de amparo, en el que se ordenó suspender el procedimiento para no dictar el auto de apertura a juicio. Posteriormente se desistió de la apelación y el amparo fue sobreseído. Contra esa decisión, su abogado promovió un recurso de revisión, en el que la suspensión sigue surtiendo efectos y que está pendiente de resolverse por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito.




