El jueves 29 de octubre del a帽o pasado la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n resolvi贸 como inconstitucional el cobro del alumbrado p煤blico en los municipios de G贸mez Palacio, Tamazula y Santiago Papasquiaro, sin embargo, luego de un a帽o, 煤nicamente la 煤ltima demarcaci贸n procedi贸 a reembolsar los cobros, como lo ordeno el fallo.
De acuerdo con una investigaci贸n realizada por Durangos21 a trav茅s de solicitudes de informaci贸n presentadas ante los tres municipios, solo en el caso de Santiago Papasquiaro se procedi贸 a realizar la devoluci贸n de poco m谩s de 22 mil pesos que se cobraron por el Derecho de Alumbrado P煤blico a la empresa Wal-Mart, seg煤n consta en un documento emitido por la autoridad municipal.
Cabe destacar que la Comisi贸n Nacional de los Derechos Humanos promovi贸 la acci贸n de inconstitucionalidad bajo el expediente 93/2000 para invalidar disposiciones de leyes de ingresos que se publicaron el 26 de diciembre de 2019, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n invalid贸 lo relativo al pago del alumbrado p煤blico porque se invadi贸 la competencia exclusiva que tiene el Congreso de la Uni贸n en impuestos en materia de energ铆a el茅ctrica.
En principio, los municipios consultados negaron la informaci贸n, por lo que se presentaron ante el Instituto Duranguense de Acceso a la Informaci贸n P煤blica tres diferentes recursos de revisi贸n, de los cuales el Secretario del Ayuntamiento de Tamazula, Sobeida Zacnite F茅lix Machado, firm贸 un oficio en el que asegura que la SCJN no les hizo llegar ninguna orden de invalidez de leyes de ingresos del 2020.
鈥淓n cuanto a su solicitud de copias de documentos de devoluciones de pagos por servicio de alumbrado p煤blico ordenado por la SCJN durante 2020, debo mencionarle que este H. Ayuntamiento no ha recibido en ning煤n ejercicio fiscal absolutamente ninguna orden de la SCJN para los efectos que Usted solicita鈥, expone en la respuesta.
En contraste, el municipio de Santiago Papasquiaro mostr贸 fichas de traspasos a favor de Wal-Mart por 28 mil 389.42 pesos como devoluci贸n del Derecho de Alumbrado P煤blico, y mostr贸 una resoluci贸n del juzgado civil del cuarto distrito judicial en donde se orden贸 la devoluci贸n con base en la resoluci贸n emitida por la SCJN.
Finalmente, sobre el Recurso de Revisi贸n 212-21 en el que respondi贸 el municipio de G贸mez Palacio, el IDAIP otorg贸 cinco d铆as para que realizara una nueva revisi贸n de los documentos solicitados como fueron copias de las devoluciones realizadas luego de que se declar贸 inv谩lido el cobro del Derecho de Alumbrado P煤blico, aunque a la fecha no se ha hecho llegar el documento, aun y cuando la notificaci贸n se realiz贸 desde la semana pasada.





























