La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalido artículos de las leyes de ingresos de los municipios de Gómez Palacio, Santiago Papasquiaro y Tamazula relativos al pago del alumbrado público al considerar que se invadió la competencia exclusiva que tiene el Congreso de la Unión en materia de energía eléctrica. La acción de inconstitucionalidad en el cobro del alumbrado publico fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos bajo el expediente 93/2020…
"Invalida SCJN Cobro por Servicio de Alumbrado Público en Gómez Palacio, Santiago Papasquiaro y Tamazula."