Por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Penal del Estado, con la finalidad de establecer una pena hasta de 10 años a las casas de empeño que compren artÃculos que no comprueben su procedencia legÃtima.
 De esta manera, se establecer que al que con ánimo de lucro, después de la ejecución de un delito y sin haber participado en éste, venda, pignore, adquiera, reciba u oculte el producto de aquél o al que ayude a otro para los mismos fines, y no justifique su legal posesión y/o no verifique y haga constar la procedencia legÃtima del producto se le aplicará de dos a seis años de prisión y multa de 144 a 432 veces la Unidad de Medida y Actualización.
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Asimismo, se propone el aumento de la pena máxima, para los casos en los que los negocios como las casas de empeño incurran en dicho delito de encubrimiento por receptación.
Además de no poder contar con derecho a fianza y la sanción incrementó a 10 años de presión.
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La iniciativa fue presentada ante el Pleno el 27 de noviembre de 2018; en ese entonces los iniciadores proponÃan modificar la redacción del artÃculo 219 del Código Penal, especificando que la procedencia del producto se debe demostrar y deberÃa ser verificada; a su vez, el propietario, deberÃa hacer constar no solo como tal la procedencia, sino que ésta tiene que ser legÃtima.






























