La Corte Penal Internacional y el caso del Rancho Izaguirre
Gabriel González Zorrilla.
DW, 260325.
El hallazgo de fosas clandestinas del crimen organizado en México plantea la cuestión de si puede intervenir la Corte Penal Internacional. Expertos analizan los desafíos legales y políticos.
El reciente hallazgo de restos humanos en el Rancho Izaguirre, en el estado de Jalisco, México, ha conmocionado a la opinión pública y encendido las alarmas en el ámbito internacional.
La existencia de este lugar, descrito como un centro de “reclutamiento y exterminio” presuntamente operado por el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), recuerda a patrones de violencia sistemática que han sido motivo de intervención por tribunales internacionales en otros contextos. ¿Podría este caso concreto ser llevado ante la Corte Penal Internacional (CPI)?
Según el Estatuto de Roma, la CPI tiene competencia sobre cuatro crímenes internacionales: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión.
¿Encaja este caso en la jurisdicción de la CPI?
“Para que un homicidio sea considerado un crimen de lesa humanidad, debe formar parte de un ataque sistemático contra la población civil”, explica Rodolfo González Espinosa, investigador en el Centro de Estudios de Derecho Penal y Procesal Penal Latinoamericano (CEDPAL) de la Universidad de Göttingen, en entrevista con DW.
Una mujer enciende velas en el Zócalo, la plaza principal de Ciudad de México, mientras realiza una vigilia por las víctimas del rancho Izaguirre. Una mujer enciende velas en el Zócalo, la plaza principal de Ciudad de México, mientras realiza una vigilia por las víctimas del rancho Izaguirre.
En este caso, la clave estaría en demostrar si el Rancho Izaguirre era parte de una estrategia amplia de exterminio con un nivel de organización que cumpla estos criterios. Además, González Espinosa subraya que la CPI opera bajo el principio de complementariedad, es decir, solo interviene cuando un Estado no puede o no quiere investigar estos crímenes.
Crimen organizado y la CPI: un debate abierto
Jan-Michael Simon, investigador del Instituto Max Planck para la Investigación del Crimen, la Seguridad y el Derecho destaca en entrevista con DW que “la Corte ha procesado a grupos armados y milicias en conflictos en Sudán, la República Centroafricana y la República Democrática del Congo, pero siempre en el contexto de guerras reconocidas”.
Si bien los cárteles mexicanos poseen un alto grado de organización y control territorial, la falta de un conflicto armado declarado complica su encuadre dentro de la jurisprudencia de la CPI.
Aun así, según Simon, que es autor de varios dictámenes jurídicos para autoridades judiciales internacionales, entre otros, para la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “se podría argumentar que el CJNG opera con una estructura lo suficientemente compleja y violenta como para equipararse a un grupo beligerante”. No obstante, advierte que la motivación económica de los cárteles, enfocada en el narcotráfico, le restaría puntos a la hora de ser clasificados como actores de un conflicto armado.
¿Cómo podría la CPI intervenir?
La CPI puede abrir una investigación si lo solicita un Estado parte (en este caso, México), si el Fiscal de la CPI inicia una pesquisa por su cuenta o si el Consejo de Seguridad de la ONU lo remite. “La posibilidad de que México mismo lleve el caso ante la CPI es remota”, señala Simon, “porque implicaría admitir la incapacidad del Estado para manejar la crisis de violencia”.
A lo largo de los años, se han presentado varias denuncias ante la CPI sobre la violencia en México, incluyendo una relacionada con la “guerra contra el narcotráfico” de Felipe Calderón, pero ninguna ha derivado en una investigación formal. “El hecho de que la CPI no haya abierto un caso sobre México en el pasado sugiere que la Corte sigue viendo estos crímenes como una cuestión de derecho interno”, concluye González Espinosa.
Implicaciones internacionales y el factor EE.UU.
Gerold Schmidt, director de la oficina regional de la Fundación Rosa Luxemburgo en México, aporta una perspectiva geopolítica, señalando que “el hallazgo en Rancho Izaguirre refuerza la narrativa de que México no tiene control sobre su territorio”.
La administración de Donald Trump ya clasifica a los cárteles mexicanos como organizaciones terroristas, lo que podría aumentar la presión para una acción más directa. En entrevista con DW, Schmidt también advierte sobre la creciente tensión entre ambos países: “Cualquier debilidad en la respuesta de México podría ser utilizada por Washington para justificar una intervención más agresiva, incluso con medidas unilaterales”.
Presión sobre el gobierno mexicano
A pesar de la gravedad del hallazgo en Rancho Izaguirre, la probabilidad de que la CPI intervenga sigue siendo baja, según los expertos entrevistados. La Corte ha evitado casos de crimen organizado fuera de conflictos armados y México formalmente cuenta con las herramientas legales para investigar estos crímenes.
Pero la presión internacional podría empujar a México a actuar con mayor contundencia. Como destaca González Espinosa, “el problema no es la falta de marcos jurídicos, sino la voluntad política y la capacidad institucional para aplicarlos”.
Rancho Izaguirre no solo es un reflejo de la crisis de violencia en México, sino también un nuevo punto de inflexión en el debate sobre cómo enfrentar el crimen organizado desde el derecho internacional.
(ms).