Prohibir el sacrificio de hembras en estado de gestación, a menos que un médico veterinario lo autorice mediante la justificación técnica debidamente sustentada. Para este fin se propone una reforma al artículo 129 de la Ley Ganadera para el Estado de Durango.
que la fertilidad del vientre y el estado de gestación de las hembras es un aspecto técnico y médico que debe considerarse antes de llevar, o no, al rastro a los animales destinados al consumo humano, sin embargo, este criterio no siempre es aplicado y tampoco esta específicamente establecido en la ley de la materia.