Podrían Dejar en Libertad a 600 Personas como Medias Preventivas

Dentro de las acciones de la Fase 3 de la alerta sanitaria por COVID-19, un total de 600 personas internadas en Centros de Rehabilitación podrían recibir su libertad; 72 ya obtuvieron libertad condicional.
Lo anterior fue informado por el Poder Judicial en un comunicado donde se establece que esto es un esfuerzo coordinado de los Poderes Ejecutivo, y Judicial del Estado de Durango, a través de la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía General y de los Juzgados de Control y Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
En el texto se explica que a raíz de la declaratoria de la Fase 3 de la pandemia de COVID-19 en México, el beneficio podría darse en los centros de Durango, Pueblo Nuevo y Santiago Paspasquiaro.
Hasta el miércoles, ya obtuvieron su libertad condicional 72 personas, sumándose cada día alrededor de 20, hasta terminar con los expedientes que cumplen con los requisitos para ser analizados en busca de otorgar alguno de los beneficios ya mencionados.
Lo anterior, en atención a criterios de política penitenciaria conforme lo establece la Ley Nacional de Ejecución Penal, que faculta a la autoridad penitenciaria a solicitar al Poder Judicial la liberación, mediante la aplicación de beneficios, a un grupo determinado de personas.
Es necesario resaltar el derecho humano de la protección de la salud de las personas internas en los centros de reinserción social, Derecho Humano que se encuentra consagrado en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos; en la Constitución Política del Estado, así como en los tratados internacionales; y en atención al párrafo 45 del acuerdo 01/2020 de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, que obliga a los Estados a acatar las medidas emergentes por la pandemia.
De esta manera, se analizan 600 expedientes de personas que cometieron algún delito, se les impuso la prisión preventiva no oficiosa, así como a personas que ya fueron sentenciadas, para otorgarles algún beneficio previsto en la ley como lo es la modificación de medida cautelar o la suspensión condicional del proceso, en el caso de procesados, y con la libertad condicional y suspensión condicional de la condena, en sentenciados.
El comunicado también aclara que desde el lunes pasado, en el Juzgado de Control del Primer Distrito Judicial con residencia en Durango capital, se celebran alrededor de 20 audiencias diarias de revisión de medidas cautelares, en las que ha cambiado la prisión preventiva por algunas otras medidas o se ha otorgado la solución alterna llamada suspensión condicional del proceso. En el caso de las personas que ya se encuentran purgando una pena, los jueces de ejecución analizan los casos de hombres y mujeres, sobre todo de adultos mayores o personas con enfermedades crónicas, en las que se ha observado una buena conducta, para otorgarles algún beneficio como lo es la suspensión condicional de la condena, reducción de la pena o la libertad anticipada.