Tiranía Gay: Nó, a quien ya no quier serlo

Buscan sancionar a quienes ayuden a homosexuales a retomar vida heterosexual.

 

Redacción ACI Prensa, 210819.

 

Bajo el argumento de que las “terapias de reconversión” para homosexuales son “actos de tortura”, la Defensoría del Pueblo del Perú pidió a las autoridades investigar y sancionar a quienes ayuden a las personas gays a retomar su heterosexualidad.

La Defensoría del Pueblo basó su pedido en el informe periodístico “Las terapias de la tortura”, del diario La República y que forma parte del proyecto “Trasnacionales de la Fe”, dirigido por la escuela de periodismo de la Universidad de Columbia basada en New York.  

Para realizar la investigación, algunos periodistas se infiltraron en iglesias evangélicas y centros psicológicos cristianos. Según el informe, estas “promueven terapias de conversión que utilizan métodos considerados torturas por la ONU para convencer a las personas de que es posible cambiar su orientación sexual o identidad de género”.

En una nota de prensa del 13 de agosto, la Defensoría del Pueblo informó que “ha remitido comunicaciones al Colegio de Psicólogos del Perú, el Colegio Médico del Perú, el Ministerio Público y las Municipalidades a fin que, de acuerdo a sus competencias, investiguen y sancionen a quienes ejerzan indebidamente la profesión y discriminen a las personas LGBTI”.

“La Defensoría del Pueblo expresó su preocupación y rechazo frente a la existencia de lugares que ofrecen servicios para modificar la orientación sexual o identidad de género de las personas LGBTI, empleando argumentos prejuiciosos, estigmatizantes y discriminatorios, sobre la base de creencias religiosas o sin sustento científico alguno, según lo ha revelado una denuncia periodística en los últimos días”, indicó.

“Estos actos constituyen actos de tortura según lo han señalado expertos independientes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)”, agregó.

La opinión de expertos

En entrevista con ACI Prensa, el doctor en Derecho por la Universidad de Navarra (España), Percy García Cavero, criticó la afirmación de la Defensoría del Pueblo de que toda “terapia de reconversión” representa un acto de tortura, señalando que “primero habría que definirse lo que es una tortura”.

“Hay dos elementos básicos para calificar un acto como tortura. Primero que signifique la aflicción de dolor y segundo que resulte contrario a la voluntad de quien lo padece. Por ejemplo, a un preso se le tortura para confesar contra su voluntad que ha cometido un delito. Entonces, que una persona se someta voluntariamente a una terapia de conversión, ¿es un acto de tortura? Puede ser que tenga cierto nivel de padecimiento, pero es absolutamente voluntario y resulta inapropiado llamarlo un acto de tortura”, explicó el abogado.

En ese contexto, dijo que para que un acto califique como “tortura”, entendiéndola simplemente como “la aflicción de dolor o de padecimientos”, entonces también muchos otros procedimientos podrían considerarse de esa manera, como el “cambio de sexo, la dieta, ir al gimnasio, someterse a una quimioterapia”, etc.

Acerca de la posibilidad de que se prohíba todo tipo de terapia, García Cavero asegura que lo que se debe de determinar es qué aspectos de las terapias de reconversión “son indignas o afectan el orden público”.

“Se debe entrar en una discusión sobre eso, buscar a las instituciones que se dedican a apoyar a las personas que siendo homosexuales quieren volver a ser heterosexuales. Estas tienen que brindar ayuda que no se resuma a terapias, sino a un apoyo emocional, y se debe respetar los estándares mínimos”, aseveró.

En ese sentido, explicó que si un científico cuestiona aspectos específicos de una terapia o si algunos usuarios dicen que los efectos les produjeron daño o si fueron exitosos, estos deben analizarse y se debe determinar realmente su eficacia.

“Lo que está mal es establecer una prohibición tabula rasa de todo tipo de terapia, porque es como negarle la posibilidad al homosexual a ser heterosexual. Una persona puede llegar a estar confundido respecto a su sexualidad y optar por la homosexualidad y luego necesitar ayuda para recuperar su heterosexualidad”, dijo García Cavero.

El doctor en Derecho cree que “entrar a un ámbito regulativo no es conveniente” y que “no debe descalificarse, de manera general, cualquier tipo de terapia”. Cuando algunos casos específicos resultan ser “indignos, por afectar la dignidad humana”, el abogado cree que estos podrían ser impedidos por “razones éticas o legales”.

“Como en muchos ámbitos de la vida la regulación a veces no es necesariamente el mejor camino, sino la autorregulación. Los médicos, psicólogos o psiquiatras se van autorregulando y estableciendo estándares mínimos que deben seguir, una lex artis en la profesión, y partir de eso determinar qué terapias son admisibles ética y legalmente”, comentó el abogado.

No permitir terapias “vulneraría la libertad de las personas porque nosotros tenemos la capacidad de poder determinar qué es lo que determinamos como correcto o no. Es decir, yo puedo perfectamente, a pesar de tener algún tipo de atracción, inclinación o predisposición, entender que eso no es correcto desde mi punto de vista moral”.

“El que me impidan acceder a determinados métodos o mecanismo que pueden producir un resultado que yo quiero, afectaría sin duda la libertad personal”, concluyó.

Giuliana Caccia, directora de FAM y magíster en Matrimonio y Familia por la Universidad de Navarra (España), dijo a ACI Prensa que para analizar este tema, primero debe diferenciase lo que es “ser” y lo que es “hacer”.

“La homosexualidad, como se ha definido por distintos ámbitos de la psicología y la psiquiatría, es una conducta, y como cualquier conducta uno puede optar por hacerla o no hacerla”, indicó. En ese sentido, añadió que “una persona puede no estar contenta con algún tipo de conducta que tiene en su vida (…) y tiene absolutamente todo el derecho y libertad de buscar ayuda para no hacerlo”.

Caccia señaló que este ámbito pertenece al ámbito personal y familiar y por tanto no entra en las competencias de la Defensoría del Pueblo, institución que tiene un sesgo ideológico.

La directora de FAM se preguntó cómo el Estado podría “fiscalizar” el tipo de terapia a la que una persona decide acudir, debido a que existe un ámbito de confidencialidad que rige el ejercicio profesional.

“Absolutamente nadie puede intervenir en el ámbito privado en el cual yo le pago a un profesional para hablarle”, dijo. Indicó que la única forma en que eso podría funcionar es “mediante activistas o personas que quieran meterse en la vida privada” y denuncien “que alguien está llevando este tipo de terapia”.

“Hay varios casos en Estados Unidos y Europa en los que, inclusive, el terapista ha sido denunciado y multado con grandes sumas de dinero o le han quitado su licencia para ejercer su profesión porque a alguien no le gusta que otra persona acuda, en un ámbito de libertad y privacidad, a llevar una terapia como le da la gana, de lo que sea”, denunció la entrevistada.

La directora de FAM sostiene que lo mostrado por la Defensoría del Pueblo muestra una “intención de activismo y de querer criminalizar a las personas que piensan distinto, a judicializarlas, quitarles la posibilidad de ejercer su profesión”.

“Todo aquel que piensa distinto al activista LGTBI” podría llegar a ser “sacado, arrimado, arrinconado”, denunció.

Caccia indicó que todo ejercicio profesional debe ser regulado, pero lamentó que la Defensoría del Pueblo califique a todas las terapias de reconversión como “no profesionales” o que representan una “tortura”.

“Esto es parte de las políticas de igualdad de género, enfoque de género, que nosotros venimos comentando no recién, sino hace varios años, en varios países. Esto es algo más de lo que se llama una ‘agenda’ para imponer el género en todos los estamentos y llegar a meterse hasta en los más íntimo, que son los espacios privados de las personas”, concluyó Caccia.