Penitenciaría Apostólica: fuero interno e inviolabilidad del sigilo sacramental.
Entrevistado por Vatican News, el Cardenal Mauro Piacenza explica la Nota de la Penitenciaría Apostólica sobre la importancia del fuero interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental: “el sacerdote no es el maestro de la confesión, sino que actúa en nombre de Dios”. Ninguna “acción política o iniciativa legislativa” -se enfatiza en el texto publicado- puede forzar la inviolabilidad del sigilo sacramental.
Ciudad del Vaticano. (VN, 010719).
La Nota comienza recordando que “el Papa Francisco ha subrayado repetidamente dos temas que son tan centrales en la teología, el derecho y la práctica de la Iglesia como ajenos a la opinión pública de hoy: la santidad del fuero interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental”.
La Penitenciaría Apostólica al hacer pública la Nota, “tiene la intención de ponerse al servicio de Pedro, de la Iglesia y de todos los hombres de buena voluntad, reafirmando su importancia y favoreciendo una mejor comprensión de tales conceptos que actualmente parecen ser en gran parte incomprendidos o incluso, en algunos casos planteados como opuestos”, afirma el Cardenal Mauro Piacenza, firmante del documento.
Inviolabilidad absoluta del sigilo sacramental
El Cardenal Piacenza recuerda las palabras del Papa Francisco hablando del sacramento de la Reconciliación, el pasado 29 de marzo, quien afirmó: “El penitente debe tener la certeza, en todo momento, de que la conversación sacramental permanecerá en el secreto de la confesión, entre su propia conciencia, que se abre a la gracia de Dios, y la necesaria mediación del sacerdote. El sigilo sacramental es indispensable y ningún poder humano tiene jurisdicción sobre él, ni puede reclamarlo”.
También observó “que, en la sociedad actual, altamente mediatizada, en general, el desarrollo tecnológico y la implementación de los medios de comunicación no van acompañados de un compromiso similar con la búsqueda de la verdad, sino más bien del deseo morboso de difundir noticias, verdaderas o falsas, que se amplifican o disminuyen según los intereses. Todo está en exhibición hoy…”
En este contexto, insistió el Cardenal, “La Penitenciaría Apostólica consideró urgente recordar ante todo la inviolabilidad absoluta del sigilo sacramental, que se basa en la ley divina y no admite excepción alguna. El sacerdote confesor, actuando in persona Christi capitis, aprende de los pecados del penitente “no como hombre, sino como Dios”, según una conocida expresión de Santo Tomás de Aquino. Por esta razón, está llamado a defender el secreto del contenido de la Confesión no sólo por “lealtad” al penitente, sino, más aún, por respeto a la santidad del sacramento”.
Incompatibilidad secreto de la confesión y secreto profesional
La Nota subraya que “El secreto de la confesión no es una obligación impuesta desde fuera, sino una exigencia intrínseca del sacramento y, como tal, no puede ser disuelto ni siquiera por el mismo penitente. El penitente no habla al hombre confesor, sino a Dios, así que tomar posesión de lo que es de Dios sería un sacrilegio”. Sobre esto recuerda las penas severas contra quienes violen el sigilo sacramental y que están contempladas en el Código de Derecho Canónico.
La Nota se refiere a los llamados “secretos profesionales”, que están en posesión de determinadas categorías de personas, tanto en la sociedad civil como en la estructura eclesial, en virtud de un oficio especial que desempeñan para las personas o para la comunidad.
Estos secretos, en virtud de la ley natural, deben ser guardados siempre, “salvo -dice el Catecismo de la Iglesia Católica en el n. 2491- los casos excepcionales en que la custodia del secreto debe causar a los que confían en ellos, a los que son apartados, o a terceros, daños muy graves y evitables sólo mediante la revelación de la verdad”.
El documento aclara y especifica “que el texto de la Nota no puede ni quiere ser en modo alguno una justificación o una forma de tolerancia para los terribles casos de abuso perpetrados por miembros del clero. Ninguna concesión es aceptable, en el promover la protección de los menores y de las personas vulnerables y para prevenir y combatir todas las formas de abuso, en el espíritu de lo que ha sido constantemente reafirmado por el Papa Francisco y recientemente regulado por el Motu Proprio Vox estis lux mundi (7 de mayo de 2019)”.
Entrevista con el Card. Piacenza
Entrevistado por Vatican News, el Cardenal Piacenza explica las razones de la Nota que se acaba de publicar.
- – Desde hace algún tiempo se hacen discursos, en ciertos círculos, acerca de si el confesor no puede o ni siquiera tiene el deber -en caso de recibir ciertas acusaciones del penitente- de denunciar o forzar al propio penitente a denunciarse a sí mismo, para poder darle la absolución. Ahora, aquí estamos en un fuero sacramental y en un fuero sacramental no puede haber ninguna concesión, porque el sacerdote no es el maestro de la confesión, sino que actúa en nombre de Dios: nadie puede jamás absolver de los pecados, sino que es sólo Dios quien absuelve.
Por lo tanto, es una gracia que se da y que desciende directamente del valor de la Preciosísima Sangre del Crucificado, en su inmensa misericordia hacia todos los pecadores. Esto, sin embargo, no quita gravedad a ciertos hechos. Además, en la confesión hay también deberes graves por parte del penitente, porque el penitente debe estar verdaderamente arrepentido del asunto del que se confiesa, debe tener la firme intención de no repetir más el crimen o pecado que ha cometido. Y luego, por supuesto, siempre existe, en la conversación entre el confesor y el penitente, todo un discurso de acompañamiento.
¿El contexto al que se refiere también se refiere a casos de abuso sexual de niños y personas vulnerables por parte de miembros del clero?
- – También, por supuesto. Pero aquí se habla de la Confesión -no de otras censuras u otras cosas- del fuero interno, es decir, de la confesión de ciertos pecados que también son delitos graves: si hay confesión, caen bajo un sigilo sacramental que es absolutamente inviolable para todos.
Ha mencionado usted un cierto prejuicio negativo contra la Iglesia Católica. ¿Le gustaría que la Iglesia se conformara a las órdenes civiles de los Estados en ciertos asuntos?
- – A veces sí, se siente un poco de pretensión injustificable de que en algún asunto la Iglesia vendrá a homologar su propio ordenamiento jurídico a los ordenamientos civiles de los Estados en los que actúa, se encuentra viva, como si esa fuera la única garantía de corrección y rectitud. Pero la Iglesia tiene en sí misma la posibilidad de tener toda la corrección y rectitud posibles e imaginables. Esto no afecta, por supuesto, al hecho de que el Estado proceda a su manera: es lógico, nos perderíamos cualquier otra cosa. Y hay que colaborar, pero en todo lo que no es fuero interno.
La Nota se centra en la inviolabilidad absoluta del sigilo sacramental, sobre el que el Papa Francisco también se expresó en la audiencia que concedió a los participantes en el Curso. En particular, ¿qué se dice?
- – No asumir una mentalidad relativista respecto al sigilo sacramental, haciendo referencia de nuevo a la base teológica y, por tanto, al hecho mismo de que la gente que absuelve es Dios mismo. Por lo tanto, el sigilo sacramental y la confidencialidad inherente al fuero interno, que es también sacramental, son elementos a tener en cuenta y a los que los confesores sobre todo deben referirse continuamente.
También se menciona el “fuero interno extra-sacramental” y la “dirección espiritual”. ¿De qué se trata?
- – Por ejemplo, la dirección espiritual, o la guía de las almas hacia el discernimiento, para saber lo que Dios quiere de un alma: esto es una conversación y por lo tanto no es parte de ella, no es un sacramento obviamente. Se acude a un sacerdote, se le pide consejo y, en este sentido, no es seguro que deba ser necesariamente sólo un sacerdote, puede ser una persona de la que se tenga una profunda estima en términos de santidad de vida, corrección de comportamiento, caridad. Por lo tanto, se trata de un área secreta pero extra-sacramental, por lo que no está sujeta a la misma disciplina que el sigilo, sino que requiere una confidencialidad especial.
Por tanto, ¿qué objetivo quiere alcanzar la Nota?
- – Revisar la claridad de las ideas para todos aquellos que son ministros del Sacramento de la Confesión y alertar a aquellos que han abierto algunas lagunas en este punto. Y para dar cada vez más confianza, incluso en este tiempo, a los penitentes que vienen a confesarse y a las personas que vienen a abrir sus mentes a los consejos. Y así, en definitiva, ayudar a la causa del sacrificio de Cristo que vino para quitar los pecados del mundo.